Casación No. 653-2015

Sentencia del 21/08/2017

“...Se concluye que la Sala en ningún momento interpretó erróneamente el contenido del artículo 38 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, puesto que hizo aplicación de la norma dándole el sentido correcto a la misma señalando el alcance que puede tener al aplicarlo al caso concreto; y que la casacionista, pretende que se le de una interpretación restringida, al no estar de acuerdo de cómo la Sala aplicó el precepto jurídico en cuestión. Por lo anterior, el submotivo invocado [interpretación erronea de la ley] deviene improcedente y el recurso de casación debe desestimarse...”